Bases Legales de Participación en la Promoción
Sorteo Oficial de Joyería de Alta Tasación "Diamante Puro"
En este acto comparece MARITZA ALEJANDRA AMAYA HERNANDEZ, cédula nacional de identidad número 13.107.960-5, chilena, divorciada, administradora de empresas y comercio exterior, domiciliada en calle Cosme Churruca 326, Lomas de San Andrés, comuna de Concepción, en adelante la “promotora” u “organizadora”, quien viene en establecer las bases, requisitos y condiciones en atención a las que se regirá la campaña publicitaria y sorteo de la joya individualizada en el anexo, dirigida a convocar la participación de toda persona interesada en ello, mediante la compra de uno o más boletos, y que conoce y acepta las presentes bases, bajo las cláusulas que a continuación se indican:
PRIMERO: DEFINICIONES
a) Participantes: Toda persona natural, con cédula de identidad vigente, que compre o adquiera uno o más boletos para participar en el proceso, o personas jurídicas, acreditando la representación de la misma con cédula de identidad vigente, que compre o adquiera uno o más boletos para participar en el proceso;
b) Ganador: Aquel participante que, de acuerdo con el sistema aleatorio de elección, obtenga un resultado positivo, resultando legítimo acreedor de alguno de los premios descritos en la cláusula quinta;
c) Sistema aleatorio de elección: Sistema de elección digital o manual, que asegure la elección imparcial, transparente y aleatoria del ganador del concurso, mediante la asignación de un número de serie a cada boleto o número emitido a cada participante;
d) Promotora u Organizadora: persona encargada de dirigir y administrar el proceso de promoción, sorteo y transparencia al ganador de la joya objeto del concurso.
SEGUNDO: REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN EL CONCURSO
Podrán participar personas naturales, chilenos o extranjeros, con cédula nacional de identidad vigente emitida por el registro civil de Chile, que hayan comprado uno o más boletos para participar del presente concurso, directamente desde la página web oficial o el perfil de Instagram, y que no se encuentren afectos a alguna de las inhabilidades descritas en la cláusula séptima.
TERCERO: TITULARIDAD DEL BOLETO
El boleto y/o número y su correspondiente comprobante de pago constituyen copulativamente un título nominativo que solo podrá hacer efectivo la persona a cuyo nombre se encuentre registrado en la compra del boleto, o su mandatario, o sus herederos, siendo necesaria la exhibición de ambos comprobantes (boleto y comprobante) para solicitar y exigir la adjudicación de alguno de los premios de la promoción.
CUARTO: TÉRMINO PARA HACER VALER EL BOLETO GANADOR
El término para hacer efectivo el boleto ganador corresponde a diez días corridos desde la publicación del ganador en la página web oficial y el perfil de Instagram, ello sin perjuicio de los otros medios de publicidad que hayan de utilizarse en el concurso, y de la notificación por correo electrónico o contacto telefónico que la organizadora establezca con los ganadores.
QUINTO: PREMIOS
1er Lugar: El o la ganadora en primer lugar del concurso que forma parte de esta promoción, obtendrá como premio una joya consistente en un Anillo compuesto de oro de 18 quilates con un diamante natural de talla redonda, cuyas especificaciones se encuentran detalladas y descritas por medio de imágenes y texto en la tasación presente en el anexo de estas bases. Dicho premio será entregado libre de toda prohibición, gravamen o multa.
2do Lugar: El o la ganadora en segundo lugar del concurso que forma parte de esta promoción, obtendrá como premio una joya consistente en un Collar de cuentas con un colgante de piedra de jade incrustada con una lámina de oro de rango de 24 quilates, cuyas especificaciones se encuentran detalladas y descritas por medio de imágenes y texto en la tasación presente en el anexo de estas bases. Dicho premio será entregado libre de toda prohibición, gravamen o multa.
SEXTO: CONDICIONES PARA LA REALIZACIÓN DEL CONCURSO
a) La promotora dispondrá la venta de 6.000 boletos con un valor de $10.000 (diez mil pesos chilenos) que permanecerán a la venta hasta alcanzar la venta de la totalidad de estos, pudiendo la organizadora realizar promociones anidadas para intensificar la campaña, las cuales serán debidamente informadas por medio de la página web y el perfil de Instagram. Sin perjuicio de lo anterior, la organizadora podrá poner término anticipado a la promoción o dejarlo sin efecto, procediendo en tal caso a informar dicha circunstancia en la página web y el perfil de Instagram que publica el concurso y a la devolución del noventa por ciento de lo pagado a cada participante, en el plazo de veinte días corridos desde la publicación respectiva.
b) El sorteo se realizará de manera pública y se transmitirá por cualquier medio audiovisual idóneo para ello, una vez alcanzada la venta de la totalidad de los boletos, debiendo la organizadora informar con un mínimo de 5 días de anticipación de su realización, por medio de la página web, el perfil de Instagram y/o cualquier otro medio que ella estime pertinente para notificar del sorteo a todos los participantes.
SÉPTIMO: EXCLUSIONES E INHABILIDADES
Queda excluido de participar en el concurso el organizador y sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad inclusive. En caso de contravención, si este o sus parientes resultaren ganadores, el sorteo podrá ser anulado a solicitud de quien se viere afectado, debiéndose proceder a un nuevo sorteo, dentro de treinta días corridos de declarada la nulidad del sorteo viciado.
OCTAVO: OBLIGACIÓN DEL PARTICIPANTE O GANADOR
Por la sola circunstancia de participar en el presente sorteo se entenderá que los participantes conocen, comprenden y aceptan completamente las bases de esta promoción y todas y cada una de las normas, reglas, términos y condiciones relativas a su participación sin que por motivo alguno le esté permitido reclamar posteriormente su desconocimiento. Cada participante estará obligado a entregar correctamente sus datos de identificación y un correo electrónico activo, al momento de realizar la compra de los boletos, siendo de exclusiva responsabilidad de ellos la veracidad de la información entregada. Además los participantes y/o ganadores, en pleno conocimiento de la Ley N° 19.628, deberán autorizar expresamente, para que se divulgue sin limitación de tiempo ni de ninguna otra especie, sus nombres e identidades como favorecidos por el premio otorgado en virtud de este sorteo, debiendo en este sentido remitir imagen fotográfica a la organizadora, una vez recibido el premio. La autorización previa de parte de los participantes y/o ganadores, en los términos señalados en el párrafo anterior, será condición esencial para poder recibir el premio objeto de este concurso. Si algún participante y/o ganador se negare a otorgar la autorización señalada precedentemente o no estuviere de acuerdo con lo señalado en la presente cláusula, perderá automáticamente y en forma inmediata su derecho de premio, sin posterior responsabilidad, debiendo, en el evento que el premio hubiere sido entregado, proceder a su inmediata devolución.
NOVENO: CONTACTABILIDAD DEL GANADOR
El contacto con cada uno de los ganadores se hará a través de tres intentos de comunicación vía correo electrónico, teléfono y/o redes sociales registradas en el sorteo, dentro del plazo de tres días hábiles después de realizado el sorteo. Para recibir su premio, el cliente deberá acreditar su identidad mediante la fotocopia de su cédula de identidad y comprobante de pago. En caso de que sea imposible la localización del ganador en este periodo de tres días hábiles, en base a los datos proporcionados, o si este no cumple con alguna de las condiciones señaladas en las presentes bases, o si el ganador no reclama el premio dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la publicación de los resultados del concurso, el participante será descalificado, sin que proceda indemnización ni pago compensatorio de ninguna especie. Una vez contactados los ganadores se convendrá con la promotora la modalidad y forma de entrega, el cual no puede exceder de los 10 días hábiles para su reclamación.
DÉCIMO: PROHIBICIÓN DE CAMBIO Y CESIÓN
No se podrá ceder ni transferir, a ningún título a terceras personas los derechos sobre los boletos propios del concurso durante el tiempo de su realización, ni una vez realizado el sorteo.
DÉCIMO PRIMERO: MODIFICACIONES DE LAS BASES
La organizadora, en caso de ser necesario, podrá aclarar, rectificar o enmendar las presentes bases, incluso una vez iniciado el sorteo, debiendo publicar cualquier alteración juntamente con las bases en la página web y el perfil de Instagram que promocionan el concurso.
DÉCIMO SEGUNDO: EXIMENTE DE RESPONSABILIDAD
No obstante la organizadora guardará completo resguardo sobre ambos premios durante la realización del concurso, no será responsabilidad de la misma los posibles daños, perjuicios o lesiones que puedan sufrir los participantes o el premio durante el desarrollo del sorteo o como consecuencia del envío del premio. Asimismo, el organizador no se hace responsable del uso indebido o fraudulento de los premios por parte de los ganadores.
DÉCIMO TERCERO: ACEPTACIÓN DEL CONTENIDO DE LAS BASES
La sola compra o adquisición de uno o más boletos por parte de los participantes importa la aceptación de las bases y condiciones del concurso y de cada una de las cláusulas descritas en el presente instrumento.
DÉCIMO CUARTO: DERECHO A RETRACTO
Cada participante podrá solicitar la restitución del dinero pagado por la compra de uno o más boletos dentro del término de veinticuatro horas siguientes al pago. Para hacer efectiva la devolución, el participante deberá enviar un correo electrónico a contacto oficial, informando de su voluntad de hacer uso de su derecho a retracto, indicando su nombre, cédula nacional de identidad, número del pedido cuya devolución solicita, correo electrónico y número de contacto, adjuntando además los datos de cuenta para depósito o transferencia electrónica del importe a restituir.